A solicitud de José Vicente Oliver Villanueva, Catedrático de Universidad de la Universitat Politècnica de València y responsable del proyecto IMIP del Programa INTERREG SUDOE, les invitamos a presentar su oferta para el subministro de “Material necesario para las acciones piloto del proyecto IMIP”.

Para ello, rogamos nos remitan una oferta para su ejecución en un plazo de 7 días a este correo electrónico (brunet@upv.es), conforme a las especificaciones que se detallan a continuación, que incluya propuesta de servicio, presupuesto, datos fiscales completos y datos bancarios del proveedor y datos de facturación de la UPV, que son los siguientes:
Universitat Politècnica de València
CIF ES-Q4618002B
Camino de Vera s/n 46022 Valencia
José Vicente Oliver Villanueva - mail: joolvil@upv.es

En caso de resultar la oferta más ventajosa nos pondremos en contacto con ustedes de nuevo para iniciar los trabajos. Quedo a su disposición para cualquier información adicional.

Saludos,

Pau Brunet Navarro
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Dr. Brunet Navarro, Pau
ITACA, Universitat Politècnica de València
Camí de Vera s/n (Building 3F, Room 17)
46022 Valencia, Spain
Tel.: +34 963 877 274 (Ext. 77274)
https://ictvscc.webs.upv.es/en/
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ESPECIFICACIONES
La tarea a desarrollar por parte de la empresa adjudicataria consistirá en subministrar madera de pino marítimo (Pinus pinaster) consistiendo en tablas sin cepillar al 12% de humedad con las características especificadas en la siguiente tabla:

Los pedidos se enviarán por prioridad: primer pedido O2, segundo pedido O3, y tercer pedido O4 y finalmente O1.

Dicho material está contemplado en el proyecto IMIP del Programa INTERREG SUDOE, como gasto de equipo.

La empresa adjudicataria tendrá las siguientes obligaciones:

  • Subministrar el material especificado en la fecha descrita
  • Asignar los recursos que sean necesarios para el subministro del material especificado
  • Seguir las instrucciones y directrices del responsable del proyecto en la UPV
  • Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y mantener la confidencialidad durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de dicha información